Ciudad de México, 30 de marzo de 2025 — A unas horas del inicio de las campañas rumbo a la inédita elección judicial del 1 de junio, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los criterios para garantizar la equidad e imparcialidad del proceso. Entre las disposiciones más relevantes se prohíbe a servidores públicos e instituciones utilizar recursos públicos para promover la participación ciudadana o las candidaturas, y se establece que los ministros de culto no podrán inmiscuirse en esta contienda.
La medida fue aprobada por mayoría, a propuesta del consejero Arturo Castillo, quien impulsó la adición de un párrafo clave al documento:
“Ni las personas servidoras públicas no candidatas, ni las autoridades o instituciones públicas pueden emplear recursos públicos para promover el voto, la participación ciudadana en la elección o crear espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas…”, señala el texto aprobado.
División de opiniones entre consejeros
La decisión dividió opiniones en el pleno del INE. Algunos consejeros, como Norma de la Cruz, señalaron que los tres Poderes de la Unión, al haber postulado a las candidaturas, deberían poder coadyuvar en la promoción de la participación, siempre que no favorezcan a ningún aspirante.
Otros, como la consejera Claudia Zavala, subrayaron que la promoción es una tarea exclusiva del INE y que los demás poderes podrían, si así lo desean, ceder sus tiempos oficiales al Instituto para este fin.
Zavala también advirtió sobre el contenido de espacios oficiales, como la conferencia matutina del Ejecutivo federal, donde —dijo— se han difundido mensajes sobre la reforma judicial y la elección, lo cual comprometería la imparcialidad del proceso.
“La difusión debe ser imparcial… el INE promueve el proceso electivo sin carga a favor o en contra de lo decidido ya por el legislador”, enfatizó.
Límites a foros y participación religiosa
Los criterios también establecen que:
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Los foros no pueden ser masivos ni dedicados exclusivamente a una candidatura.
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Cuando participen varias personas candidatas, el orden de intervención deberá ser aleatorio.
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Servidores públicos no podrán moderar dichos encuentros.
En cuanto al ámbito religioso, se reiteró que las asociaciones religiosas y ministros de culto tienen prohibido participar activamente en la difusión de candidaturas o usar sus espacios para hacerlo.
“La separación iglesia-Estado nos lleva a eso”, subrayó Zavala.
Finalmente, se recordó que todas las resoluciones del INE pueden ser impugnadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que recientemente redujo de 48 a 24 minutos los tiempos en radio y televisión disponibles para el INE en la promoción de esta elección.